El Departamento Social de la Municipalidad de Los Lagos informa a los estudiantes egresados de enseñanza media de la comuna que ya se encuentra abierto proceso de postulación y renovación de la beca municipal para el año 2015.
Los interesados en postular que cumplan con los requisitos establecidos en el reglamento de este beneficio pueden retirar el formulario de postulación o renovación de este en las oficinas del Departamento Social de la Municipalidad, en calle Patricio Lynch.
El plazo para el retiro del reglamento y del formulario partió este 22 de diciembre y se extenderá hasta el 28 de enero del año 2015.
En el reglamento de la beca municipal que establecido que el proceso de postulación y otorgamiento de becas es para estudiantes de la comuna de Los Lagos, principalmente los alumnos y alumnas egresados/as del Liceo Alberto Blest Gana, que accedan a la educación superior, y alumnos que estén cursando educación superior, residan en la comuna de Los Lagos y presenten una situación socioeconómica deficitaria, según la pauta de evaluación pertinente.
La Beca Municipal es una iniciativa de la Ilustre Municipalidad de Los Lagos, destinada a ayudar económicamente a las familias de la comuna y estimular la continuidad de estudios superiores de sus seleccionados.
La Beca Municipal consiste en una ayuda económica en dinero, de libre disposición, que se entrega por una vez al año, a egresados de enseñanza media con domicilio en la comuna, que ingresen a un establecimiento de educación superior acreditado por el Ministerio de Educación. Se excluye a quienes cursen Preuniversitarios, Cursos de Capacitación, Carreras profesionales en la Modalidad Para Trabajadores y Prácticas profesionales.
A continuación se detalla el reglamento y requisitos para postular a la Beca Municipal 2015:
TÍTULO I. OBJETIVOS DE LA BECA MUNICIPAL.
ARTÍCULO 1°. El presente Reglamento tiene por objetivo regular el proceso de postulación y otorgamiento de becas a estudiantes de la comuna de Los Lagos, principalmente los alumnos y alumnas egresados/as del Liceo Alberto Blest Gana, que accedan a la educación superior, y alumnos que estén cursando educación superior, residan en la comuna de Los Lagos y presenten una situación socioeconómica deficitaria, según Pauta de Evaluación pertinente.
ARTÍCULO 2. La Beca Municipal es una iniciativa de la Ilustre Municipalidad de Los Lagos, destinada a ayudar económicamente a las familias de la comuna y estimular la continuidad de estudios superiores de sus seleccionados.
ARTÍCULO 3. La Beca Municipal consiste en una ayuda económica en dinero, de libre disposición, que se entrega por una vez al año, a egresados de enseñanza media con domicilio en la comuna, que ingresen a un establecimiento de educación superior acreditado por el Ministerio de Educación. Se excluye a quienes cursen Preuniversitarios, Cursos de Capacitación, Carreras profesionales en la Modalidad Para Trabajadores y Prácticas profesionales.
TÍTULO II. REQUISITOS.
ARTÍCULO 4. Podrán postular a esta Beca Municipal quienes cumplan los siguientes requisitos:
ARTÍCULO 5. La acreditación de los requisitos señalados se deberá demostrar con los documentos que se señalan a continuación:
TÍTULO III. DE LAS POSTULACIONES.
ARTÍCULO 6. Las postulaciones serán realizadas desde el 22 de diciembre 2014 hasta el 28 de enero 2015.
Los/as postulantes deberán retirar y entregar formulario de postulación a beca emitido por la Municipalidad, en el Departamento Social u otra unidad que el Alcalde designe.
ARTÍCULO 7. Esta beca se entrega por una sola vez en el año.
ARTÍCULO 8. Luego de otorgada la Beca pueden volver a postular anualmente, si mantiene los requisitos exigidos.
TÍTULO IV. TIPOS DE BECAS Y MONTO.
ARTÍCULO 9. La Beca Municipal presenta en la siguiente modalidad:
ARTÍCULO 10. El otorgamiento de la beca será diferenciado de acuerdo a cupos existentes y el presupuesto municipal vigente.
TÍTULO V. DE LA SELECCIÓN.
ARTÍCULO 11. Cerrado el proceso de postulación, la Comisión Técnica, conformada por profesionales del Departamento Social procederá a la revisión y evaluación de los antecedentes.
ARTÍCULO 12. El proceso de selección se realizará a través de instrumentos de evaluación que contemplan tres categorías:
ARTÍCULO 13. Una vez aplicados los instrumentos se procederá al análisis de asignación de puntajes, con lo cual se elaborará una propuesta jerarquizada y valorizada.
TÍTULO VI: DEL OTORGAMIENTO.
ARTÍCULO 14. Elaborada la propuesta de los potenciales beneficiarios/as realizada por la Comisión Técnica, será presentada al Alcalde quien, en conjunto a la Comisión de Educación del Concejo Municipal definirá la nómina de seleccionados.
ARTÍCULO 15. El Alcalde presentará en sesión extraordinaria del Concejo Municipal, la nómina de seleccionados para obtener la aprobación del Concejo Municipal.
ARTÍCULO 16. Según Acuerdo Municipal se elaborará Decreto Alcaldicio indicando monto del beneficio otorgado a cada beneficiario y fecha de pagos de éstos.
ARTÍCULO 17. Cursado conforme el Decreto Alcaldicio, el Depto. De Finanzas procederá al pago de la beca municipal mediante cheque nominativo a nombre del beneficiario.
TÍTULO VII. NORMAS COMPLEMENTARIAS.
ARTÍCULO 18. El presente Reglamento deberá ser aprobado por el Concejo Municipal, previo informe de la Comisión de Educación.
ARTÍCULO 19. El Depto. Social deberá efectuar una evaluación anual de esta Beca informando al Concejo Municipal, como también proponer al Alcalde sugerencias y ajustes a esta normativa reglamentaria.
ARTÍCULO 20. La convocatoria anual para postular a esta beca deberá ser difundida como sigue:
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