Como “un triunfo para nuestra democracia” calificó el seremi de Gobierno en Los Ríos, Pedro Lamas, la aprobación, por parte del Congreso, de 17 escaños reservados para pueblos originarios, dentro de los 155 integrantes que tendrá la Convención Constituyente, la cual será electa el próximo 11 de abril. Desde ahora solo falta la firma del Presidente Sebastián Piñera para promulgar esta ley.
De acuerdo a lo explicado por el Seremi Lamas, estos 17 escaños estarán distribuidos de forma proporcional a los pueblos que habitan nuestro país. De este modo, se estableció 7 escaños para el pueblo Mapuche, 2 para el pueblo Aymara, 1 para el pueblo Rapa Nui, 1 para el pueblo Quechua, 1 para el pueblo Lican Antay o Atacameño, 1 para el pueblo Diaguita, 1 para el pueblo Colla, 1 para el pueblo Kawashkar, 1 para el pueblo Yagán o Yámana y 1 escaño para el pueblo Chango.
“Esta es una muy buena noticia para nuestro país, y reafirma el compromiso que tenemos como Gobierno del Presidente Sebastián Piñera con la inclusión y el respeto de los pueblos originarios. Este acuerdo es el resultado de un valioso trabajo realizado por la Cámara de Diputados y el Senado, donde primó el diálogo transversal, y donde se respetó el acuerdo del pasado 15 de noviembre, que fue ratificado en el plebiscito ciudadano. Sin duda, es el comienzo de un histórico camino que debe contar con la participación de todos y todas”, indicó.
Lamas añadió que “los pueblos originarios representa nuestra realidad, nuestra historia y nuestro futuro, y en estos tiempos, donde los chilenos debemos estar más unidos que nunca, creemos que este es el camino para una verdadera reconciliación nacional. Aquí, han ganado los acuerdos por sobre las diferencias, y como Gobierno, estamos respondiendo a una sentida demanda, avanzando hacia una nueva relación de Estado con nuestros pueblos originarios”, completó.
¿Cómo funcionará?
Lamas aclaró que el día de las elecciones de los Constituyentes, los electores que pertenezcan a pueblos originarios podrán elegir a un candidato de su respectivo pueblo. Para esto existirá un padrón previamente creado para este fin. Ejemplo, una persona que pertenezca al pueblo Mapuche podrá elegir a un candidato de ese pueblo, independiente de si el candidato de su preferencia pertenezca o no a la región del elector.
Al término de la jornada, serán electos los siete (7) candidatos respetando la siguiente distribución: 1 candidato más votado en las regiones Metropolitana, Coquimbo, Valparaíso, O´Higgins y El Maule; los 4 más votados con domicilio en Ñuble, Bio Bio y Araucanía; y los 2 más votados con domicilio en Los Ríos y Los Lagos.
Finalmente, cabe destacar que este proyecto de ley recientemente aprobado en el Congreso, establece el requisito de paridad de género a la hora de elegir los escaños reservados y también considera que cada pacto o partido político deberá presentar a personas en situación de discapacidad en sus listas, con un porcentaje mínimo de 5%.
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