Por medio de un decreto, la Universidad Austral de Chile reafirma que las actividades presenciales en la casa de estudios serán retomadas completamente en marzo, considerando a todos los y las funcionarios de las sedes y campus.
La medida se basa en lo dispuesto por los ministerios de Salud, Educación y Trabajo y Previsión Social para enfrentar el COVID-19 y las obligaciones que la legislación actual dispone para los empleadores, en el sentido de establecer protocolos para un trabajo seguro en el marco de la pandemia. Asimismo, se consideraron los avances que la UACh ya ha evidenciado en materia de retorno a actividades presenciales.
Así, la comunidad de la UACh realizará todas sus actividades en forma presencial a partir del 2 de marzo, de acuerdo con las disposiciones sanitarias que determinen las autoridades y que se encuentren vigentes en esa fecha.
Adicionalmente, se establece que a contar del 10 de enero todos los funcionarios y funcionarias deberán presentarse en su lugar de trabajo, a fin de iniciar un proceso continuo de verificación de las condiciones que permitan y aseguren la presencialidad total.
De acuerdo con lo expresado por el Rector Dr. Hans Richter Becerra, la medida “es parte de esfuerzos sistemáticos que hemos venido desarrollando en el último tiempo para asegurar un funcionamiento en condiciones de normalidad en la Universidad, después de tantos meses en pandemia”.
La máxima autoridad universitaria enfatizó en que “si hacemos bien el trabajo, las condiciones de retorno van a ser seguras, particularmente pensando que más del 96% de nuestra comunidad estudiantil está vacunada con dos o tres dosis”.
Finalmente, el Rector Richter sostuvo que están las condiciones para avanzar en la presencialidad, manteniendo las medidas de prevención y autocuidado para nuestra comunidad, razón por la cual se ha decidido dar este paso y entregar certezas sobre cómo se llevarán a cabo las actividades de la UACh a partir de marzo próximo.
Situaciones de excepción
Mediante el Decreto de Rectoría, la Universidad Austral de Chile informó además que sólo se excluyen de estas disposiciones aquellos trabajadores y trabajadoras que se encuentren en las situaciones de excepción que indica la Ley N° 21.342, que en todos los casos deberán ser acreditadas ante cada jefatura e informando a la Dirección de Personal.
Las jefaturas, además, deberán informar a la Dirección de Personal sobre todos los casos de inasistencia que no sean debidamente acreditados en conformidad con la normativa laboral vigente.
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