Política

Cámara Baja: Valoran análisis del proyecto que crea el Consejo Nacional de Pueblos Indígenas

Por Prensa Los Ríos / 16 de junio de 2017
Diputado Berger (RN) destacó avances en la materia:
Atención: esta noticia fue publicada hace más de 7 años

Como un avance en materia de pueblos originarios, valoró el diputado Bernardo Berger (RN), el inicio del análisis del proyecto que define la creación del Consejo Nacional de los Pueblos Indígenas y de los Consejos de Pueblos, discusión que continuará en la Cámara Baja el martes 20 de junio hasta el total despacho de la iniciativa.

El proyecto, junto con definir la creación de estas nuevas instituciones, establece los procedimientos de elección de los consejeros y las atribuciones que les competirán a cada entidad para representar los intereses, necesidades y derechos colectivos de los pueblos indígenas ante los organismos del Estado.

El parlamentario detalló que este proyecto representa “la deuda que sostenemos desde el año 2003 cuando expresamente en la Comisión de Verdad Histórica y Nuevo Trato se propuso la creación de este Consejo de Pueblos Indígenas, con el fin de ser un órgano representativo de los Pueblos Originarios, e independiente de las instancias gubernamentales como la Conadi”.

Añadió que “con el escenario de desórdenes y agresividad que se está viviendo en la Araucanía, creo que es ésta una instancia propicia para sentar las bases y los órganos que puedan generar el diálogo entre las comunidades y el Estado y avanzar de verdad en los temas de inclusión y reconocimiento que realmente importan en esta materia”.

Berger explicó que más en concreto, la iniciativa crea los Consejos de Pueblos Indígenas, uno por cada pueblo indígena reconocido por ley: Aymara, Quechua, Atacameño o Likan Antay, Diaguita, Colla, Rapa Nui, Kawésqar, Yagán y Mapuche.

Cabe mencionar que estas instituciones serán corporaciones de derecho público de carácter autónomo, representativo, participativo y de consulta cuyo objeto será representar los intereses, necesidades y derechos colectivos de los pueblos indígenas ante los organismos del Estado. Asimismo, la normativa fija las atribuciones, funciones y atribuciones de dichos Consejos; su composición; sus reglamentos internos y las dietas que recibirán los consejeros.

Si vas a utilizar contenido de nuestro diario (textos o simplemente datos) en algún medio de comunicación, blog o Redes Sociales, indica la fuente, de lo contrario estarás incurriendo en un delito sancionado la Ley Nº 17.336, sobre Propiedad Intelectual. Lo anterior no rige para las fotografías y videos, pues queda totalmente PROHIBIDA su reproducción para fines informativos.
¿Encontraste un error en la noticia?